La Ley de Propiedad Horizontal: tu derecho a resistir las mejoras innecesarias que encarecen la vivienda
En tiempos donde el acceso a la vivienda se convierte en un privilegio de pocos, la especulación inmobiliaria encuentra nuevos caminos para exprimir a las familias trabajadoras. El envejecimiento del parque habitacional español, con casi una de cada cuatro casas superando los 50 años según datos de pisos.com, se ha convertido en la excusa perfecta para imponer derramas abusivas a las comunidades de propietarios.
Esta realidad, que afecta al 23% de la oferta inmobiliaria, por delante de viviendas más recientes, revela cómo el modelo capitalista de la construcción abandona a su suerte a quienes ya han pagado por su hogar. Las grandes constructoras prefieren especular con obra nueva mientras las familias enfrentan solas el deterioro de sus edificios.
La resistencia legal ante la especulación comunitaria
Frente a esta realidad, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) ofrece herramientas de resistencia que pocos conocen. Esta normativa distingue claramente entre gastos necesarios y mejoras voluntarias, estableciendo que no todas las decisiones de una junta de propietarios son de obligatorio cumplimiento.
El artículo 9 de la LPH obliga a todos los propietarios a contribuir únicamente a los "gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble". Esto incluye reparaciones esenciales como instalaciones eléctricas, tejados o fachadas, mantenimiento de ascensores y jardines, tributos municipales y seguros, así como las aportaciones al fondo de reserva obligatorio.
Especial relevancia tiene el artículo 10.1.b), que establece como obligatorias las obras necesarias "para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal", particularmente cuando benefician a personas con discapacidad o mayores de 70 años. Esta disposición refleja un enfoque de justicia social que contrasta con la lógica mercantil predominante.
El derecho a decir no a la gentrificación vertical
La verdadera fortaleza de esta ley radica en su articulado sobre mejoras no necesarias. Cuando el coste de una "mejora" supera el equivalente a tres mensualidades de gastos comunes, cualquier propietario que haya votado en contra puede negarse legalmente a pagar.
Esta disposición cobra especial importancia ante la proliferación de proyectos que responden más a la lógica de revalorización inmobiliaria que a necesidades reales: gimnasios comunitarios, piscinas nuevas, ascensores panorámicos con acabados de lujo o cambios estéticos sin justificación técnica.
Estas "mejoras" representan una forma sutil de gentrificación vertical, donde se presiona a los vecinos de menores recursos para que abandonen sus hogares ante la imposibilidad de afrontar gastos superfluos.
Resistir es un derecho, no una opción
La diferencia entre una actuación imprescindible y una inversión especulativa no siempre es evidente, pero la ley protege a quienes se niegan a financiar el enriquecimiento ajeno. Negarse a pagar mejoras innecesarias no es egoísmo, es ejercer un derecho fundamental ante un sistema que convierte cada aspecto de la vida en mercancía.
Las comunidades de propietarios deben funcionar como espacios de decisión colectiva y solidaria, no como instrumentos de presión económica. Conocer estos derechos es el primer paso para construir una resistencia organizada contra la mercantilización del hogar.
En un continente donde la lucha por la vivienda digna es parte de la batalla por la justicia social, cada herramienta legal que proteja a las familias trabajadoras debe ser conocida y ejercida sin contemplaciones.